En su primera Cadena Nacional o también llamado “cadenazo nacional” al pueblo argentino, el Presidente Javier Milei junto a su equipo de gabinete - muchos de ellos responsables de la crisis del 2001 y del brutal endeudamiento y fuga de capitales durante el Gobierno de Mauricio Macri - presentó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 apoyado en tres grandes falacias sobre la economía y las relaciones laborales, a saber; que las políticas de libre mercado son la claves para el crecimiento de un país; que la legislación laboral vigente impide la creación de fuentes de trabajo; y que la actividad sindical obstaculiza el crecimiento de las empresas.
A través de estos argumentos incorrectos que tienen la apariencia de estar correctamente construidos, es que intelectuales e ideólogos como Federico Sturzenegger y hábiles economistas financieros como Luis Caputo, aprovechan el contexto de frustración y descontento popular, para imponer sus calcados programas económicos de ajuste ortodoxos que tanto mal causaron en la historia Argentina, como una falacia Ad Popullum, es decir, sostenidas en la opinión de la gente y no en razones objetivas.
En esta nota, nos proponemos derribar una a una las falacias a través de datos objetivos y concretos, recurriendo a la historia reciente de nuestro país y otros ejemplos internacionales de países considerados “desarrollados”.
Es mentira que los países que hoy se consideran potencia mundial llegaron a serlo gracias al libre mercado
Javier Milei, en su sesgado e ideologizado diagnóstico afirma que fue “la intromisión del Estado la causa de nuestros problemas” e impulsa una serie de derogaciones y modificaciones de leyes consideradas “proteccionistas” y que orientan al país hacia un modelo económico basado en el “libre comercio”, a saber: Ley de Alquileres, Ley de Abastecimiento, Ley de Góndolas, Ley de Promoción Industrial, Ley de Promoción Comercial, Ley de Compre Argentino, eliminación del Observatorio de Precios, modificación del Código Aduanero en donde en palabras del propio presidente “queda prohibido prohibir las exportaciones”, entre otras.
Si hacemos un recorrido histórico por nuestro país, encontramos que el debate sobre políticas “proteccionistas” versus políticas de “libre comercio”, no sólo continúa vigente sino que está presente desde los orígenes mismos del Estado Nación. Desde la Revolución de Mayo se han enfrentado dos modelos económicos antagónicos, también conocidos como las dos rutas de mayo, que se han disputado el poder político y económico desde hace más de doscientos años.
Un modelo es el caracterizado por iniciativas económicas como la Industrialización por Sustitución de Importaciones (ISI), impulsado históricamente desde el diseño de políticas económicas proteccionistas como las expuestas en el Plan de Operaciones de Mariano Moreno, que protege e impulsa la industria y el trabajo nacional, y que a lo largo de estos años alcanzó su auge y realidad efectiva durante el primer gobierno peronista, generando miles de puestos de trabajo.
El otro modelo de país es el caracterizado por conceptos como “la Argentina granero del mundo” que fomenta una política económica primarizada agroexportadora, basada en la exportación de materia prima sin valor agregado y acompañada del endeudamiento externo, que fue impulsado históricamente por figuras como Bernardino Rivadavia y Mitre.
Este último modelo mencionado, a partir de la última dictadura cívico-militar de Rafael Videla y con el plan económico del ex ministro de Economía Martínez de Hoz, adquirió características de especulación y valorización financiera, con el objetivo de aniquilar la industria nacional lo que trajo aparejado la destrucción de miles de puestos de trabajo, y como consecuencia, caída en el poder adquisitivo del salario.
Para ampliar la mirada sobre las políticas económicas aplicadas en el resto del mundo que llevaron a que determinados países se conviertan en potencia mundial, es que resulta importante investigar como lo hicieron. ¿qué tipo de modelo económico han impulsado en sus inicios países considerados “desarrollados” como Estados Unidos y Gran Bretaña? ¿Cuál fue el rol de los sindicatos durante ese proceso? ¿Cuáles fueron las conquistas laborales de la clase trabajadora durante el mismo?
Ha-Joon Chang, Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas y Ciencias Políticas de la Universidad de Cambridge, en su trabajo titulado “Patada a la escalera: La verdadera historia del libre comercio”, explica que los países hoy llamados “desarrollados” usaron en sus comienzos políticas proteccionistas para defender su industria naciente y solo pasaron a predicar el libre comercio cuando eran capaces de competir internacionalmente.
El economista surcoreano explica que tanto Gran Bretaña, desde principios del Siglo XVIII a mediados del siglo XIX (1721-1846), como Estados Unidos, desde principios del Siglo XIX hasta mediados del siglo XX (1816-1945), en sus períodos de “industria naciente”, aplicaron políticas comerciales intervencionistas, lo que permitió el posterior poderío económico. Lo que hacían era promover sus industrias nacionales mediante aranceles, tasas aduaneras, subsidios, e incluso otras medidas, tales como, aumento en la inversión pública en educación para la capacitación de mano de obra especializada, inversión en obra pública para infraestructura de transporte, e incentivos económicos para el desarrollo de la investigación en ciencia y desarrollo (I + D).
Ulysses Grant, Presidente de Estados Unidos entre 1868 y 1876, ilustra muy bien esta postura diciendo: “durante siglos Inglaterra confió en las medidas de protección, y las llevó al extremo y obtuvo resultados satisfactorios. Tras dos siglos, Inglaterra ha encontrado conveniente adoptar el libre comercio porque la protección ya no tiene nada que ofrecer. Muy bien caballeros, mi conocimiento de nuestro país me lleva a pensar que en un par de siglos, cuando América haya obtenido todo lo posible de la protección, adoptará el libre comercio”.
En cuanto al rol de los sindicatos y las leyes laborales podemos decir que en Inglaterra tienen su aparición en el marco de la Revolución Industrial durante los períodos de 1760 y 1840. Durante éste período de industria naciente y políticas proteccionistas se dieron conquistas muy importantes en materia de derechos laborales, que luego repercutieron en mano de obra más calificada y mejoramiento en la retribución salarial. En el caso de los Estados Unidos, también se dió de una manera similar, y para ejemplificar tomaremos el caso emblemático del fordismo que combinó aumento salarial y reducción de la jornada laboral, logrando de esta forma un aumento considerable en la productividad y un mejoramiento de las condiciones de trabajo.
Una vez alcanzada la cima, las potencias mundiales patearon la escalera para que ya nadie pueda subir por el camino del crecimiento económico. A través de organismos internacionales multilaterales como el FMI, el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio, comenzaron a promover tratados de libre comercio en el resto de los países, imposibilitando que éstos extraigan los grandes provechos de las medidas proteccionistas.
Es mentira que la legislación laboral vigente impide la creación de fuentes de trabajo
Respecto al Título IV del DNU que refiere al Trabajo, se aplican una serie de derogaciones y modificaciones de leyes laborales bajo el justificativo de que de esta forma se lograría la creación de nuevas fuentes de trabajo en el sector privado, quitando derechos conquistados históricamente por el movimiento obrero organizado. Esta falacia solo tiene como objetivo la precarización de las fuentes de trabajo y la promoción del empleo no registrado.
Algunos de estas modificaciones son las que refieren a la derogación de la Ley 25.323, que duplica las indemnizaciones en caso de una relación laboral no registrada; modificación del sistema indemnizatorio basado en el Fondo de Cese Laboral de la UOCRA y que incluye la privatización de la mismas a través de promesas de “capitalización”; cambios en la fórmula de los intereses por indemnizaciones, excluyendo de las mismas el Sueldo Anual Complementario o más comúnmente conocido como aguinaldo y extensión del período de prueba de los trabajadores de 3 a 8 meses, fomentando la inestabilidad laboral.
Para derribar esta falacia, vamos a tomar el período del primer y segundo gobierno de Juan D. Perón (1946-1955), en donde se aplicó el modelo económico de ISI, que se vió favorecida por las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial. En este proceso de crecimiento económico se lograron reivindicaciones de la clase trabajadora como los convenios colectivos por actividad, tribunales laborales, salarios mínimos y aguinaldos. Además, en 1945 se sancionó la Ley de Asociaciones Profesionales que regula la actividad sindical y que permitió el gran crecimiento de los sindicatos.
Todas las políticas mencionadas posibilitaron la creación de millones de fuentes de trabajo registrado y se logró el famoso fifty-fifty entre el capital y el trabajo mejorando considerablemente el poder adquisitivo de los salarios de la clase trabajadora en su conjunto.
Vuelve a quedar en evidencia que la legislación laboral no es un elemento principal en la creación de más y mejores empleos, si no que esto último está relacionado al modelo de políticas económicas que decide implementar el gobierno de turno. La legislación laboral únicamente determina las condiciones y derechos en que se va a desarrollar el trabajo.
Es mentira que la actividad sindical obstaculiza el crecimiento de las empresas
Otra de las falacias que rodea las modificaciones del DNU en materia de derechos laborales y que ataca directamente la organización de las y los trabajadores en sus sindicatos, es que la actividad sindical obstaculiza el normal desarrollo de la actividad. Dicho en palabras del vocero presidencial Manuel Adorni: "se limita la capacidad de convocar a asambleas en tanto estás complican el normal funcionamiento de la empresa, en pos de que las empresas puedan seguir operativas y no pierdan dinero ni sé fundan, haciendo perder el trabajo a sus empleados".
Veamos brevemente las modificaciones que plantea el DNU en este sentido. Ampliación de actividades que son consideradas servicios esenciales y “actividades de importancia trascendental”, en donde se exige un 75% y 50% de prestación del trabajo normal respectivamente, impidiendo el derecho a huelga. Incorporación como artículo 20 ter y del artículo 20 bis a la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551, en donde se prohíben acciones legítimas para el derecho de manifestarse y de realizar asambleas; sustitución del inciso c) del artículo 132 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, en donde se vulnera el derecho de las y los trabajadores a ser beneficiados por políticas de acción gremial que fomentan la solidaridad y capacitación permanente hacia todos los y las trabajadoras sin importar su condición de afiliación, entre otras.
En síntesis, es una gran falacia la que repite incansablemente el oficialismo cuando dice que las políticas de libre mercado favorecen el crecimiento económico y llevan a los países a convertirse en potencias mundiales. Queda más que demostrado en el libro de Chang que solo las políticas de protección de la industria y del empleo llevaron a EE.UU. e Inglaterra a ser la potencia que son actualmente. Y también queda demostrado que la actividad sindical, intensa en períodos de proteccionismo, no obstaculiza para nada la actividad o la productividad de una fábrica, una rama o una industria particular.
Por todo lo anterior, es que el escenario económico más probable al que se enfrenta la clase trabajadora de Argentina, es: el aumento del desempleo con su consecuente caída general de los salarios (principalmente en la industria) y el crecimiento del trabajo no registrado sin cobertura social ni derechos laborales. Y todo esto dificultado por un crecimiento considerable de la inflación y por un período de recesión económica. De la economía de libre mercado solo podemos esperar el empeoramiento de las condiciones en general, solo de la respuesta política de la clase trabajadora organizada podremos esperar un escenario favorable para quienes trabajan.
Por Lic. Diego Lorca, Director del Observatorio Internacional del Trabajo del Futuro
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