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Reducción de la jornada laboral en Argentina: aportes para un debate necesario.

La presentación del proyecto de Ley que busca la reducción de la jornada laboral en Argentina, en un contexto de crisis mundial, abre la posibilidad de discutir el aumento de explotación que viven las y los trabajadores. Además, pone sobre la mesa discusiones necesarias como la caída del salario real, la productividad del trabajo, el desempleo y el crecimiento de la informalidad.

Según datos de la OIT, en 2020 se perdió el 8,8 por ciento de las horas de trabajo a nivel mundial con respecto al cuarto trimestre de 2019, equivalentes a 255 millones de empleos a tiempo completo. La pérdida de horas de trabajo en 2020 fue aproximadamente cuatro veces mayor que la registrada durante la crisis financiera mundial de 2009.


A esos datos preocupantes se agregan otros que reflejan la dura realidad que atraviesa el sector de las y los trabajadores.

En principio es necesario hacer un recorrido histórico de las 48 horas de trabajo semanales que rigen en la legislación actual de nuestro país. La jornada de 48 horas semanales fue instituida hace 102 años, cuando se constituyó la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1919. Diez años después, en septiembre de 1929, en Argentina se sancionó la ley que regula nuestra jornada laboral. Por aquellos años, y producto de la lucha de miles de trabajadores y trabajadoras, se conquistó la reducción de la jornada laboral bajo el lema “8 horas para trabajar, 8 horas para descansar y 8 horas para hacer lo que se nos dé la gana”.


La jornada laboral en Argentina se rige por la Ley N° 11.544, que en su artículo 1º expresa: “La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro”.


América Latina, la jornada laboral más larga del mundo


A más de un año de la pandemia y en el contexto de crisis general, podemos afirmar que los trabajadores de América Latina y el Caribe, fueron de los más perjudicados del mundo. A su vez, la región de América Latina posee la jornada laboral legal más larga del mundo. El límite de horas a trabajar semanalmente es de 48 horas - sin considerar las horas extras- en los casos de Argentina, Colombia, Costa Rica, Bolivia, Nicaragua, Panamá, Perú, Uruguay y México. Mientras que con una jornada laboral de entre 40 y 47 horas semanales se encuentran Chile, Brasil, Cuba, El Salvador, República Dominicana, Guatemala, Honduras, Venezuela y Ecuador.

A continuación brindaremos algunos ejemplos de países en donde se ha llevado adelante la reducción de la jornada laboral y se han encontrado resultados positivos:


Islandia: Experimentó entre 2015 y 2019. El gobierno de Reikiavik redujo la jornada de trabajo a cuatro días para los empleados de algunas oficinas municipales: se mantuvo la productividad e incluso, en algunos casos mejoró. Las y los trabajadores encontraron un mejor balance entre su vida personal y el trabajo.


Japón: Microsoft implementó la reducción de la jornada laboral a cuatro días y las y los trabajadores mejoraron la productividad y mantuvieron sus sueldos.


· La productividad mejoró un 40% en los 2.600 empleados.

· Las ventas aumentaron un 39% en comparación con el mes anterior.

· La empresa ahorró un 23,1% en electricidad y un 58,7% en papel y tinta de impresora.

· Las reuniones duraban un promedio de 30 minutos.

· Se redujo en un 25,4% la cantidad de días libres que pedían los trabajadores.


Suecia: En trabajadores de geriátricos se implementó una jornada laboral de seis horas diarias, sin reducción de salarios durante 2 años. Al volver a la jornada de ocho horas, las y los trabajadores aseguraron sentirse “más cansados” y que “durante la prueba, todo el personal estaba mucho más feliz y con más energía".


Durante los dos años de prueba:

· Se registraron menos bajas por enfermedad.

· Aumentó la productividad.

· Se organizó un 85% más de actividades para los pacientes.


Los proyectos en discusión


Los últimos días, se presentaron en el congreso de la Nación dos proyectos de Ley que buscan reducir la jornada laboral y que fueron presentados por diputados pertenecientes al Frente de Todos y que provienen de extracción sindical.


Uno de ellos es el presentado por Hugo Yasky, Secretario General de la CTA de los Trabajadores, y que en su artículo 1° sostiene: “La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro”.


Otro de los proyectos es el presentado por Claudia Ormachea, dirigente de La Bancaria, sostiene que “la duración del trabajo no podrá exceder de seis horas diarias o treinta y seis semanales”, mientras que “la jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de cinco horas y quince”.


Ambos proyectos buscan la reducción de la jornada laboral en el ámbito público y privado, a su vez de mantener el poder adquisitivo de los salarios.


Jornada laboral, productividad y salario


La discusión de la jornada laboral debe ser el puntapié para discutir la productividad del trabajo y el salario que percibel las y los trabajadores por él. En los últimos años, y producto del desarrollo de las tecnologías puestas al servicio de la producción, se ha aumentado considerablemente el índice de productividad, y no se ha visto reflejado de la misma manera el aumento en los salarios de las y los trabajadores.


El caso más emblemático es el de Estados Unidos, en donde según datos de un estudio publicado por Kochan, T. y Kimball, W. (2019), y titulado: “Sindicatos, voz de los trabajadores y prácticas de gestión: implicaciones para una economía de alta productividad y altos salarios”, indica que entre 1948 y 2016 la productividad aumentó en un 241,8% y la compensación por hora 115,1%.


A modo de conclusión


La discusión de los proyectos de Ley en cuestión se vuelven entonces una tarea necesaria y fundamental, que permita catapultar y profundizar la discusión por la explotación laboral, y exceder una respuesta legislativa e institucional. Solo el involucramiento de los distintos actores de la sociedad en materia de derechos laborales, podrá permitir el consiguiente acercamiento real a relaciones laborales más justas e inclusivas, en donde la explotación del trabajador deje de ser una norma y forme parte del pasado nefasto del desarrollo humano.


Por Lucila Busso, Investigadora y Analista del Observatorio Internacional del Trabajo y el Futuro.


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